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Actividad Física en contextos laborales en Argentina

  • Foto del escritor: Asocafisal
    Asocafisal
  • 8 abr 2020
  • 9 Min. de lectura

Actualizado: 9 abr 2020

Salud, Seguridad, Actividad Física Profesional




Introducción


La actividad física es una práctica humana que está presente en el trabajo, en la escuela, en el tiempo libre, en las tareas cotidianas desde la infancia a la vejez (Devis- Devis), según la definición en la revista “Physical activity, exercise, and physical fitness: definitions and distinctions for health-related research”, la actividad física es un conjunto de movimientos del cuerpo humano producido por el sistema Musculoesqueléticos cuyo resultado es un gasto energético determinado y distingue del ejercicio físico mencionándolo como una subcategoría de la actividad física ya que este es planificado, repetitivo cuyo propósito es mantener y/o mejorar algún componente físico.

La Actividad Física Profesional ( “Prevención de los riesgos profesionales” “Los riesgos ligados a la actividad física” traducido del documento INRSED4256 – ISBN978-2-7389-1834-5), se refiere a un conjunto de movimientos corporales que son necesarios para realizar la tarea habitual en el trabajo que demanda un gasto de energía, está caracterizada por posturas forzadas, contracciones musculares estáticas prolongadas, esfuerzos localizados con frecuencia elevada o actividades violentas de breve duración.

Esta conducta motora referida a la Actividad Física Profesional, no produce ningún efecto del entrenamiento físico que se logra con el ejercicio físico, sino que sobrecarga localmente las estructuras óseas y articulaciones que derivan en dolores, lumbalgias y tendinitis.

Según datos aportados por Instituto Nacional de Seguridad e Higiene (INSR) de Francia, 8 de cada 10 enfermedades profesionales está relacionada a la Actividad Física Profesional. En 2013 la OIT publicó un informe en donde se sostiene que los TME representan el 60 % de todas las Enfermedades Profesionales reconocidas, en este mismo informe se hace referencia a que en la Argentina se registraron en 2013, 22013 casos de Enfermedades Profesionales siendo los TME los de mayor causal.

Revisión


Es conveniente realizar un breve recorrido histórico en nuestro país sobre leyes, normativas, programas y proyectos relacionadas con la seguridad, la salud laboral y los programas de actividad física para poder comprender el escenario en el que nos encontramos.

En relación a la Salud y Seguridad de los Trabajadores en nuestro país éstas son un derecho de rango constitucional, conforme lo preceptuado en el Art. 14 bis de la Constitución de la Nación Argentina y en los demás tratados y convenciones sobre derechos humanos aprobados por el Congreso de la Nación Argentina (Art. 75 inc. 22), tales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en su artículo 7, inciso b, también en la reforma de la constitución nacional en 1949 la Seguridad y Salud del trabajador fue declarada como un derecho especial, en ella se sostiene que es “Derecho a la preservación de la salud - El cuidado de la salud física y moral de los individuos debe ser una preocupación primordial y constante de la sociedad, a la que corresponde velar para que el régimen de trabajo reúna requisitos adecuados de higiene y seguridad, no exceda las posibilidades normales del esfuerzo y posibilite la debida oportunidad de recuperación por el reposo”.

En la década del 80 se comienza a indagar sobre las Condiciones de medioambiente de trabajo y en el año 1988 el Dr. Julio Neffahace referencia a los lugares de trabajo y su impacto en la vida y salud de los trabajadores y sostiene que “Las condiciones y medio ambiente de trabajo (CYMAT) están constituidas por los factores socio técnicos y organizacionales del proceso de producción implantado en el establecimiento (o condiciones de trabajo) y por los factores de riesgo del medio ambiente de trabajo. Ambos grupos de factores constituyen las exigencias, requerimientos y limitaciones del puesto de trabajo, cuya articulación sinérgica o combinada da lugar a la carga global del trabajo prescripto, la cual es asumida, asignada o impuesta a cada trabajador, provocando de manera inmediata o mediata, efectos directos o indirectos, positivos o negativos, sobre la vida y la salud física, síquica y/o mental de los trabajadores.” Los Efectos de las CyMAT sobre la salud de los trabajadores puede producir fatiga fisiológica y patológica, envejecimiento prematuro, incremento de las enfermedades profesionales y las ligadas al trabajo, los accidentes de trabajo, la muerte de los trabajadores, entendiendo que, si las CyMAT fueran adecuadas, normalmente permitirían la satisfacción de los trabajadores y su realización personal.

Con la resolución 295/03 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo se dan especificaciones técnicas sobre Ergonomía y en la misma normativa aparecen consideraciones sobre el tiempo de trabajo, los movimientos repetitivos, posturas incorrectas y se reconoce a los TME como un problema para la salud laboral, entre las recomendaciones de esta normativa se sugiere elaborar pautas para realizar Pausas en los lugares de trabajo, y esto se puede considerar como el marco legal que da sustento a la aplicación de programas de recuperación física activa en el trabajo

Casi de manera paralela algunas empresas de origen Brasilero comienzan con la demanda de la implementación de programas de Gimnasia laboral en nuestro país, ya que la aplicación de este tipo programa había logrado reducir las Lesiones por Esfuerzo Repetitivo(LER) y las Dolencias Osteomusculares Relacionadas con el Trabajo (DORT) en el país vecino, este tipo de programa tuvo una importante demanda hasta el año 2009 aproximadamente en donde por una falta de discusión sobre las reales necesidades de los trabajadores comenzaron a perder la consideración de los trabajadores y los empleadores.

A partir del año 2010 y hasta el año 2015 desde la Red Nacional de Actividad Física y Desarrollo Humano (REDAF) organismo de gestión dependiente de Presidencia de la nación, se reconoce a la Actividad Física como un componente importante del trabajo como contenido y herramienta, presentándose evidencias de cómo está impacta en la salud de los trabajadores como consecuencia de la Actividad Física Profesional, se propone un abordaje multidisciplinario para lograr una calidad laboral sustentable atendiendo a cuestiones ergonómicas en cada puesto de trabajo, las CYMAT y los ejercicio de recuperación más adecuado para cada tarea en cada puesto de trabajo, se propuso debate y discusión con los distintos actores que componen el marco laboral, gremios, sindicatos, patronal colocando en la negociación de paritarias, mejora de las condiciones de medioambiente de trabajo, como así también la presentación en los distintos ámbitos académicos la discusión sobre Actividad Física y trabajo Decente, como un elemento esencial para el Desarrollo Humano.

Casi contemporáneamente a este plan de acción, desde el ministerio de salud de la Nación se lanza el programa “Tu Pausa Activa” el cual se puede aplicar en los lugares de trabajo para combatir el estrés y el sedentarismo. Este programa se implementó en algunas dependencias públicas a través de un dispositivo que permite el seguimiento de una rutina de ejercicios para los distintos puestos de trabajo. Al día de la fecha se continúa implementando en distintas reparticiones públicas nacionales y provinciales, no hay una valoración cuantitativa oficial del impacto producido por la aplicación de este programa.

En el año 2014, desde la Superintendencia de Riesgos del Trabajo se promulga la resolución 2557/14 destinado a asistir a las Entidades Gremiales, Organizaciones de Empleadores y otras organizaciones de la comunidad, en la temática de prevención, salud, higiene, condiciones de seguridad y medio ambiente del trabajo. Las acciones previstas en esta resolución son financiadas con los excedentes del Fondo de Garantía de la Ley Nº 24.557.

Un año más tarde, en la resolución 866/15 se sanciona el protocolo de Ergonomía como una herramienta básica para la identificación de factores de riesgo, teniendo en cuenta los principios básicos de ergonomía física tales como esfuerzo, posturas forzadas, movimientos repetitivos, vibraciones, confort térmico, bipedestación prolongada y estrés de contacto para la prevención de TME se propone se implemente en las empresas el Programa de Ergonomía Integrado (PEI).Se sugiere que el PEI sea un proceso estable y permanente y se deberá implementar en todas las ramas de actividad, sean estas privadas u organismos públicos nacionales, provinciales o municipales.

Este proceso estable requiere de la implementación de una Comisión de Ergonomía que sea reconocida por la Dirección de la empresa y coordinada por un representante de los Servicios de Salud y Seguridad. Esta comisión debe estar integrada convenientemente, de acuerdo al tamaño y la complejidad de la empresa, por representantes de los Servicios de Salud y Seguridad, Ingeniería, Mantenimiento, Producción, Recursos Humanos y los Representantes de los Trabajadores (Comité Mixto donde se cuente con ellos). Además, a requerimiento de la Comisión y conforme al tema a tratar, participará el trabajador involucrado en el puesto de trabajo que se esté analizando para su corrección y otras que se estimen necesarias.

En el mismo año 2015 la Superintendencia de Riesgo de Trabajo a través de la resolución 1934/15 se lanza el programa nacional “Trabajadores Saludables” fundamentado en sus considerandos en que la Estrategia de Promoción de la Salud en los lugares de trabajo de América Latina y el Caribe, la ORGANIZACION PANAMERICANA DE LA SALUD (OPS) considera al lugar de trabajo como un entorno prioritario para la promoción de la salud en el siglo XXI y que la 60° Asamblea Mundial de la Salud de la ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) ha destacado que la salud de los trabajadores es un requisito fundamental para la productividad y el desarrollo económico, y ha pedido que se intensifique la colaboración con la ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO (O.I.T.) y las organizaciones sindicales pertinentes promoviendo trabajos conjuntos de alcance regional y nacional sobre la salud de los trabajadores y que la Conferencia General de la ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO (O.I.T.) ha adoptado el Convenio OIT N° 187 sobre el Marco Promocional para la Seguridad y Salud en el Trabajo del año 2006, relativo a la salud en el trabajo y concede la máxima prioridad al principio de prevención y además que la ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD ha llamado a asegurar la colaboración y acción concentrada entre todos los programas nacionales de salud de los trabajadores, por ejemplo, los relativos a la prevención de enfermedades y traumatismos ocupacionales, enfermedades trasmisibles y crónicas, promoción sanitaria, salud mental, salud ambiental y el desarrollo de los sistemas de salud.

Por ello se fijan los siguientes objetivos del programa, fomentar y brindar asistencia técnica en planes para la prevención de enfermedades que representen la mayor prevalencia en la morbimortalidad de la población económicamente activa de la REPUBLICA ARGENTINA, en particular las Enfermedades No Transmisibles (ENT), Fomentar y brindar asistencia técnica en planes de promoción de la salud y concientización en hábitos saludables.

Según esta normativa estos objetivos se deben lograr a través de las siguientes acciones, Fortalecer el funcionamiento integral y coordinado de los Servicios de Medicina del Trabajo y de Higiene y Seguridad de los establecimientos laborales, Estimular la creación de los Servicios de Medicina del Trabajo y de Higiene y Seguridad para el sector Pymes, pudiendo ser inter-empresas, Relevar los perfiles de alteraciones a la salud de los trabajadores a partir de fuentes primarias y secundarias de información, Investigar de manera integral las causas del ausentismo laboral y generar estrategias que orienten a mejorar la salud de los trabajadores/as y por ende favorezcan su descenso, Fomentar y brindar asistencia técnica en planes de salud preventiva para; Prevención de enfermedades cardiovasculares, Prevención de cáncer de útero y mama. Prevención trastornos metabólicos, Prevención de E.P.O.C. y aquellos planes de prevención según las problemáticas de salud detectadas, Fomentar y brindar asistencia técnica en planes de promoción de la salud; vacunatorias, nutricionales, de actividad física y aquellos planes de promoción que se consideren estratégicas para la adquisición de hábitos saludables, Monitorear el impacto de los planes en salud preventiva desarrollados mediante indicadores diseñados para tal fin, Realizar ateneos, jornadas, foros, o cualquier otro espacio, para el intercambio y generación de nuevos conocimientos sobre la temática, Divulgar la información en materia de salud y trabajo que aporte al modo de gestionar los servicios de medicina del trabajo y de higiene y seguridad de forma integrada con el acento puesto en la prevención primaria, Detectar y difundir, buenas prácticas e iniciativas recomendables que aborden el funcionamiento de los servicios de salud y seguridad en el trabajo con la mirada preventiva con el objetivo de desarrollar planes de promoción y prevención de enfermedades, en este programa se propone investigar sobre las causas del ausentismo laboral generando estrategias para mejorar la salud, como así también asistencia técnica para la promoción de la salud, actividad física y hábitos saludables. La financiación de este programa es con el excedente del fondo de garantía de la ley de riesgos de trabajo.

Síntesis


En este recorrido que realizamos desde la reforma constitucional en el año 1949 la salud y seguridad en el trabajo son reconocidas como un derecho constitucional y especial, en ella se hace referencia a la necesidad de la recuperación del trabajador en función de preservarlo, repasamos estudios y tratados sobre las condiciones de medioambiente y trabajo como factores determinantes para evitar enfermedades laborales y accidentes de trabajo, hasta llegar a la consideración de la Actividad Física Profesional como un contenido y herramienta del trabajo que da un sentido más amplio de la actividad física realizada en los lugares de trabajo proponiendo una mirada holística del hombre y su actividad laboral en función del desarrollo humano.

Podemos observar muchas normativas que a pesar de estar en plena vigencia como la resolución 295/03, la 2557/14, la 866/15 y la resolución 1934/15 no todas se cumplen y es poca la información oficial respecto a la cantidad de empresas públicas, privadas, mixtas, multinacionales, nacionales y provinciales adhieren a los programas propuestos por el gobierno nacional en relación al cuidado de la salud de los trabajadores.

Sin duda falta ponernos de acuerdo con respecto a la implementación de las pausas activas y su contribución real a la salud de los trabajadores ya que existe cierta confusión en relación a sus reales alcances y beneficios de las mismas, las faltas de indicadores e investigaciones no permiten evaluar el verdadero impacto de estos programas.

Como desafío creemos que es necesario elaborar estrategias de prevención incluyendo a los profesionales de la actividad física, quienes tendrán el desafío de actuar y desempeñarse en nuevos escenarios profesionales con nuevas demandas y perspectivas en relación al cuidado de la salud y seguridad en los lugares de trabajo.

 
 
 

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